miércoles, 2 de abril de 2014

Ley de Propiedad Intelectual en Argentina

Miles de prácticas cotidianas, valiosas culturalmente, constituyen delito penal en la Argentina.

 El 30 de septiembre de 1933, el Boletín Oficial publicaba la Ley de Propiedad Intelectual Nro. 11.723 que hoy, 80 años después, sigue regulando un aspecto crucial de la vida social y cultural del país: la forma en la que producimos, distribuimos y accedemos a la cultura. 

El sistema jurídico que hoy regula la propiedad intelectual en la Argentina fue pensado para un contexto social y tecnológico totalmente diferente del actual y se basa en el supuesto de que la forma correcta de incentivar la producción y publicación de más y mejores obras es otorgando monopolios limitados en el tiempo a los autores, lo que en teoría les otorga a los autores una herramienta para que dispongan de las obras que producen y puedan ganarse la vida con ellas.

 Diversos reportes de legislación comparada dan cuenta de que la Argentina tiene una de las leyes de propiedad intelectual más restrictivas del mundo. La ley carece de flexibilidades esenciales para la vida cultural y educativa del país: las bibliotecas infringen la ley cotidianamente porque no se contempla una excepción a favor de archivos y bibliotecas que les permita hacer copias para preservar los libros, para préstamo al público o para préstamo entre bibliotecas. Actividades docentes tan cotidianas como proponer armar una videoteca, armar un video con canciones populares y videos, escanear tres o cuatro páginas de un libro, adaptar un cuento para una obra de teatro o recitar materiales en clase son ilegales bajo la 11.723. 

 Sabemos que la ley penaliza prácticas socialmente útiles y relevantes, pero también sabemos que la ley no ha servido para que la mayoría de los autores e intérpretes pueda gozar del derecho a una vida digna. La regulación actual no parece responder a las necesidades de la diversidad cultural, pero tampoco lo hace con las necesidades de la gran mayoría de los autores.

 Compartir y participar en la cultura no es ni puede seguir siendo considerado un delito. A 80 años de aprobada la Ley 11.723, llegó la hora de exigir su jubilación.

 

Fuente: LA NACIÓN

Aclaración: Noticia publicada por www.lanacion.com.ar el 4 de Octubre de 2013.

4 comentarios:

  1. ¡Muy interesante tu noticia! Siguiendo con lo que expusiste, me atrevo a agregar que el derecho debe necesariamente adecuar sus estructuras a los cambios que se producen en las diversas áreas del conocimiento, esto le permite tener una vigencia real para regular los nuevos hechos que se producen en el mundo contemporáneo. No parece óptimo que con la gran velocidad que se experimentan los cambios en el mundo tecnológico, todas estas cuestiones aún sigan reguladas por leyes tan antiguas, cuando la gran mayoría de las cosas que hoy existen no estaban ni siquiera en los planes.
    Sin ir más lejos, comparemos como utilizábamos Intenet 10 o 15 años atrás y como lo hacemos hoy en día, hemos aprendido a incorporarlo en nuestro modalidad de aprendizaje, en nuestra formación; la evolución es vertiginosa y requiere que la legislación se adapte a ello para ser aplicada de manera eficiente, logrando sus objetivos esenciales que son la convivencia pacífica y la justicia, las cuales a su vez dependen del contexto socio cultural del momento histórico al que se refieren.

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  2. Que interesante la noticia y que difícil opinar al respecto, claro está que la normativa es antigua y debería adaptarse constantemente a los cambios, mas en un contexto tan globalizado como el actual donde los cambios tecnológicos son muy constantes, pero a su vez resulta muy delicado actualizar la ley sin vulnerar los derechos de los autores. Se debería poder compartir y participar en la cultura sin perjudicar a quienes la alimentan constantemente.

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  3. Es un problema muy complejo, esta claro que todos tenemos el derecho de acceso a la cultura, pero también se deben respetar los derechos de la gente que invierte su tiempo y dinero en trabajos que no le son remunerados y por ello, no pueden vivir dignamente de lo que hacen.
    No es posible que Argentina siga regulando la propiedad intelectual con una ley tan antigua. Es necesario cambiar esa ley, por eso muchos especialistas recomiendan dictar una ley menos amplia, que facilite su cumplimiento real. Una ley a la que ir añadiendo poco a poco enmiendas que la amplíen, en lugar de una ley que quiera contemplar todo y en la práctica sea inútil.

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  4. En base a la noticia y a los comentarios creo que todos estamos de acuerdo en que :

    1) la mencionada ley 11.723 esta totalmente desactualizada y prácticamente obsoleta en relación a que las practicas actuales difieren en una considerable medida de las que se pudieran haber tenido en cuenta al momento de su elaboración. Es casi ilógico pensar que nos seguimos rigiendo por una normativa con 80 años de antigüedad, y como consecuencia de eso hoy por hoy los autores de propiedad intelectual ven lesionados sus derechos.

    2) Claro esta que el paradigma de la sociedad de la información del cual formamos parte hoy en día no existía al momento de la aprobación de la ley( recordemos que la ultima revolución tecnológica-época de la información y de las telecomunicaciones- se dio desde comienzos del 1970) por lo que la utilización de de las TICs generó nuevos conflictos a la hora de determinar si la propiedad intelectual es respetada o no.
    Sabemos por lo estudiado en el curso que:
    * Cada vez hay mayor cantidad de internautas argentinos, mas de 15 millones de argentinos usamos Internet.
    *Tiempo de Conexión: Pasamos conectados más de 20 horas mensuales.
    De manera que no solo son distintas practicas que las de aquella época sino que el uso es totalmente intensivo por lo que se plantea la necesidad urgente de una modificación o como lo expresa el articulo de La Nación " la hora de exigir su jubilación".
    Habiendo dicho esto, cabe destacar que el interrogante y lo mas importante sería solucionar y lograr un consenso entre la protección de los derechos de autor y permitirles a la vez a los usuarios de Internet tener libertad para acceder a cualquier tipo de contenidos sin estar cometiendo un delito informático. Sin lugar a dudas este es el interrogante a resolver...
    Pero como usuarios estamos dispuestos a amoldarnos a políticas de privacidad ya sea desde pagar por el uso o tener ciertas restricciones en cuanto al mismo para así cuidar los derechos de los autores de la propiedad intelectual ?
    Imaginamos Internet sin descargar música, archivos, obras literarias ? Imaginamos Internet con vigilancia y muchísimas restricciones que pudieran causarnos consecuencias graves si no las respetamos?
    Les dejo estos interrogantes...

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