martes, 15 de abril de 2014



ACTA, LA VERSION MUNDIAL DE LA "LEY SOPA"
(Stop Online Piracy Act)

Chicos! En este post me parece interesante exponer el impacto que ha tenido y tiene el contrabando de propiedad intelectual en la red y como consecuencia de ello las medidas preventivas mundiales que emergen de la esfera legal.
Anteriormente hice referencia a las opiniones contrapuestas de la sociedad respecto a esta regulación sobre la propiedad intelectual en Internet.
Ahora comparto con ustedes un video que muestra el efecto de lo que se denomina ACTA (Anti-Counterfeiting Trade Agreement), que es un tratado comercial que incide globalmente en el transporte de información en la nube. Como vemos en él, ofrece una visión negativa que generan los asuntos legales al introducirse en la circulación de información en un medio actualmente tan utilizado como lo es Internet. Lo cierto es que como usuarios de este medio nos produce un obstáculo muy grande a la hora de utilizar  y transmitir la información, por lo que gran parte de quienes tienen acceso a este medio  se resisten a estas restricciones. Pero no debemos dejar de lado la otra cara de la moneda que son quienes defienden la aplicación  de este marco legal como una forma de protección a los autores e incentivo a los mismos para seguir generando nuevas producciones.
Entonces... ¿En qué medida es eficaz restringir la transmisión de la información siendo actualmente tan útil?



Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=Oj0NjhvEVm4

3 comentarios:

  1. estoy de acuerdo en que debe existir una ley de proteccion a la propiedad intelectual, no puede beneficiarse todo el mundo sin el reconocimiento debido a los dueños de dicha informacion. pero este tratado es absolutamente excesivo y absurdo, como dice en el video: perderiamos la libertad de expresion y seriamos victimas de una vigilancia exagerada... no se tienen en cuenta los derechos de los usuarios de internet y se perdio de vista el principal objetivo de INTERNET que es la comunicacion global .

    ResponderEliminar
  2. Chicas acabo de subir un video que quizás les interese, enfoca este mismo tema mas desde un punto de vista socio-cultural. A mi, personalmente, me dejó bastante claras algunas cuestiones que me generaban dudas y sobre todo la pregunta constante de ¿hasta qué punto deben proteger las normas los derechos de autor?, ¿dónde esta el límite entre proteger los derechos del propietario y restringir al público de la cultura?. Espero que les guste! Saludos.

    ResponderEliminar
  3. Me parece que con este tratado perderia sentido usar internet, como publique al principio la ley de propiedad intelectual en Argentina es una de las más restrictivas del mundo, con la diferencia que directamente es imposible cumplirla. Con este tratado estarian reprimiendo la libertad de los usuarios para compartir practicamente cualquier material por la red y en todo el mundo, afectaria redes sociales, empresas y a los propios autores.

    ResponderEliminar