martes, 20 de mayo de 2014

EL USO DE LA MARCA REGISTRADA

 Hola chicos !! Quería compartir este texto el cual trata de aspectos legales acerca del uso de la marca de la competencia como keyword para mejorar nuestro posicionamiento en los resultados de los buscadores. Ahora que avanzamos en la materia y tenemos conocimiento de este tema, es atractivo ver una arista de la propiedad intelectual relacionada con los buscadores. 

Usar la marca como metatag o keyword es uno más de los tantos usos de marcas que no están prohibidos por las leyes. No se puede considerar que el recurrir a un metatag o a un keyword formados por una marca de un tercero pueda causar confusión. La confusión podrá causarla el sitio del competidor según sea el contenido de éste, pero nunca algo que el consumidor no ve.
Hay pues razones muy válidas para que alguien quiera colocar un producto junto a determinados otros productos,  donde estén las marcas líderes, es natural que todo anunciante quiera estar.


 La cuestión en Internet


Cuando un internauta tiene una inquietud y quiere encontrar una respuesta normalmente ingresa a un buscador para satisfacerla. Para esto va a escribir una palabra o varias para así encontrar sitios relativos en donde pueda encontrar lo que busca.
El buscador mostrará los resultados, por lo general, en cantidad innumerable de páginas. Así aparecerán sitios que tendrán relación con las palabras escritas por el internauta.
Quienes ofrecen servicios o productos a través de sus sitios, quieren estar en la primera página, pero no ha logrado aparecer en la primera página, ya que no fue detectado por el buscador, tiene la posibilidad de hacerlo pagando.
Google, por ejemplo, ofrece una herramienta llamada Adwords, (que es la marca de Google para distinguir keywords) para figurar dentro de espacios que ofrece Google, en dicha primera página. 
El dueño del sitio es quien debe seleccionar las palabras clave que él considere para que cuando un internauta las ingrese en el buscador, su sitio figure en los espacios de "Ads".Cuando la keyword es una marca, nos encontramos nuevamente con el problema de que algunos titulares no lo quieren y consideran que se está violando su derecho de marcas.

 La cuestión en el Mercado Común Europeo


El Tribunal de Justicia del Mercado Común Europeo (MCE) trató por primera vez la cuestión de las keywords en el caso Google. En este caso el máximo tribunal de justicia del MCE tenía claro que las keywords eran elegidas para derivar a sitios en los que se "comercializan imitaciones de productos del titular de la marca o simplemente productos competidores.
El Tribunal decidió en primer lugar, que el prestador del servicio, en el caso Google, no hacía "por sí mismo ‘uso' de dichos signos". Con lo cual el prestador quedó fuera del caso. Y no cambiaba este hecho, el que Google hubiese recibido un pago por el uso de los keywords. Sostuvo en este sentido que "crear las condiciones técnicas necesarias para que pueda utilizarse un signo y recibir una remuneración por este servicio no significa que el prestador del servicio haga por sí mismo uso del signo".
En cambio opinó que los clientes hacían uso de los signos, aunque éstos luego no apareciesen en su propia publicidad.
También opinó que el "internauta" percibiría en la mayor parte de los casos los enlaces resultantes "como una alternativa a los productos o servicios del titular de la marca".
Sin embargo, para que dicho uso estuviese prohibido debía "menoscabar las funciones de la marca":  la  "indicación de origen" o "la consistente en garantizar la calidad de ese producto o servicio, o las de comunicación, inversión o publicidad".
El menoscabo existe cuando el anuncio "es tan impreciso sobre el origen de los productos o servicios de que se trata que un internauta normalmente informado y razonablemente atento no puede determinar si el anunciante es un tercero para el titular de la marca o si, por el contrario, está económicamente vinculado a éste."
Surge de este importante fallo que la utilización de la keyword por sí sola no es ilegal. La ilegalidad dependerá del anuncio que aparezca en la página, si menoscaba alguna de las funciones de la marca. 
Por ende, insisto, todo depende del aviso, el mero uso de la marca en la keyword no es ilegal en el MCE.


Los usos prohibidos por la Ley de Marcas


La cuestión en debate nos lleva directamente a analizar primero cuáles son los usos de marca que prohíbe la ley 22.362.
Las normas que deben ser analizadas son las del artículo 4° y las del artículo 31 de dicha ley. El artículo 4° es, a mi juicio, la columna vertebral de la ley y del sistema marcario. La primera frase de esta norma dice que "La propiedad de una marca y la exclusividad de su uso se obtienen con su registro." El artículo 31 que establece cuáles son las violaciones a ese derecho exclusivo, que se consideran delitos. Son delito la falsificación y la imitación fraudulenta de la marca registrada, el uso de la marca registrada, fraudulentamente imitada o perteneciente a un tercero sin su autorización, la venta de tales marcas y la venta o comercialización de productos o servicios con esas marcas.

En lo que hace a keywords, no veo en estos actos nada de ilegal. No hay uso que provoque confusión (en todo caso podrá provocarla en ciertos casos, si en el vínculo aparece la marca ajena y luego, llegado al sitio, aparecen otros productos y no hay relación alguna con la marca original o con su titular. Pero no hay ilegalidad en el uso de lo que no es visible para el público. No se puede calificar un acto por la eventual ilegalidad, que, insisto, bien puede no producirse, por el mal uso posterior en el sitio.
El keyword y el metatag no son más que medios que permiten una más rápida y mejor exposición del sitio en las páginas de Internet. Si el contenido de estas páginas es luego ilegal, pues se podrá actuar contra ello. Pero se trata de dos cuestiones diferentes.
Se trata de estar presente, con publicidad paga o simplemente con el sitio en una página, y cerca de las marcas líderes. Obviamente este hecho no tiene nada de ilegal y es lo que se conoce como competencia. Si no es ilegal el estar cerca del competidor en la vía pública o en un programa de televisión, en un estadio o en los avisos de un diario, tampoco lo es si el ámbito es Internet.
La finalidad del acto es razonable y por tanto ése será un acto lícito. Sería ilícito que el dueño de la marca X tratara de impedir que se realizara publicidad con la marca Y cerca de donde se publicita la marca X. Sería un acto de competencia desleal o bien restrictivo de la competencia.

FUENTE
Autor: Otamendi, Jorge
Publicado en: LA LEY 17/04/2012 - LA LEY2012-B, 1178 - LLP 2013 (abril), 01/04/2013.
Cita Online: AR/DOC/1117/2012

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